proyecto documental
audiovisual
MARCOS
JESÚS PAREDES
"Se puede estudiar incluso en la mejor Universidad del
mundo, e invertir tiempo y dinero para ser Doctor, Licenciado, Ingeniero,
etcétera…, o se puede estudiar negocios millonarios e invertir tiempo y dinero
en ellos… Pero en todos los casos, usted ganará dinero, por la tarea que usted
realizare"
Marcos Jesús Paredes
DNI: 24.457.282
Mi dirección postal, es: Río Tercero /
Córdoba / Argentina / CP 5850 / Bº 20 de junio / Calles: Hipólito Yrigoyen y
Rafael Obligado / Dpto. Nº: 135.
Presentación del Proyecto Documental Audiovisual:
El Proyecto del Documental
Audiovisual, tratará sobre mi trabajo científico publicado en Mensa México
(léase a continuación mis antecedentes científicos e institucionales).
El Ministerio de Ciencia
y Tecnología (MinCyT- Cba – Arg) confirma los siguientes antecedentes
científicos e institucionales.
SUAC – Consulta Expedientes y
Notas
Número de Sticker: 628318034913
Mis antecedentes
científicos e institucionales, son:
Destacado
Importante:
• Año
2012 - La
prestigiosa Asociación Mensa México,
ha publicado uno de mis artículos científicos (la refutación de la Teoría de la
relatividad y de la Mecánica clásica -
Sobre la teoría unificada de MJP: http://marcosmjp25.blogspot.com.ar/2010/04/sobre-la-teoria-unificada-de-mjp.html ) en la
revista "El Mensajero" en versión impresa y en su Sitio Web (edición
bimestral de mayo-junio-2012). Además, había sido convocado ha asistir a la Reunión Anual de
Mensa México en San Luis Potosí.
*NOTA: considérese
los cargos políticos e institucionales, en relación a la fechas de extensiones.
Mi nombre es
Marcos Jesús Paredes, soy oriundo y residente de la ciudad de Río Tercero –
Cba. – Arg., y siendo científico autodidacta he
desarrollado numerosas investigaciones científicas, en Física y en Matemática
avanzada, ello pese a poseer tan sólo estudios Secundarios (completo). Es de
ésta manera que se decidió someterme a un test inicial antes de la aceptación
de ingreso y evaluación de mis primeros trabajos científicos en la Facultad
Fa.M.A.F. de la UNC, al recurrir
allí, en el año 2003.
Posteriormente hice ingreso de nuevas investigaciones en el año 2005, en donde
presenté entre otras, la Resolución de Goldbach, según MJP y
en Relatividad la Teoría de la curvatura de la luz sobre la
percepción física según MJP (teoría en la que expuse al Espacio-Tiempo
como no curvo), refutando así, una de las teorías relativistas. En año 2008 me presenté a exponer en aula
frente a prestigiosos científicos de la misma, demostrando allí, los errores
que se cometieren sobre el análisis que se me otorgara en año 2005, conjuntamente presento Sobre la Teoría Unificada por MJP (teoría Física, con
la que refuto la Teoría
de la relatividad) y la Resolución de la Conjetura de Collatz, por MJP (conjetura
considerada junto con la antes citada, como dos de los problemas más complejos
de toda la historia de la
Matemática). En el año 2009 los trabajos fueron vistos por la Unión Matemática Argentina UMA (solicitándome mi CV),
luego en la Universidad Harvard (EE.UU.) y por último en
la Facultad de Cs Exac Fco Qcas y Nat de la UNRC, a la que en año 2010 se ordena
desde el Ministerio de Educación de la Nación-Bs. As.-Arg., la reevaluación de los mismos,
ordenanza cuyo número de expediente vigente es N° 10697/10. Aún no
he podido obtener un análisis que determine definitivamente la veracidad de los
enunciados propuestos (acotando que desglosando estas investigaciones
poseo más de 150 descubrimientos científicos). Año 2011 - Realicé “El
principio fundamental de la filosofía científica”.2014Desarrollé la
"Resolución de la Conjetura de Beal por MJP"
• Debido a
la envergadura de mis investigaciones he recibido reconocimientos de todas las
entidades antes mencionadas, de Presidencia de la Nación y otras.
• Año 2011 el Concejo
deliberante-Río Tercero aprueba
y envía proyecto al Poder Legislativo de la Prov. de Cba., lo cual fue mi petitoria en
función de mis antecedentes, como representante
científico de la ciudad en la que resido.
• El Sr Gobernador Daniel Osvaldo Scioli,
envía nota a la Dirección General de Cultura y Educación-La Plata- Prov.
de Buenos Aires (de ingreso
en fecha 1 de agosto de 2011), en la cual figuro
como miembro representativo de mi país ante el mundo científico. N° de nota
723981.
• Año 2011- El ex
Decano de Fa.M.A.F. Dr. Francisco Tamarit (actual Rector de la UNC), recomienda el envío de mis investigaciones
científicas para la publicación de las mismas.
• Años 2013 – 2014 El
Sr. Gobernador de la Prov. De Córdoba
– Argentina, Doctor José Manuel de la Sota, deriva
mi solicitud de
subsidio mensual (para representar a mi país en ciencia y continuar con mis
investigaciones científicas) al Ministerio
de Ciencia y Tecnología de la Prov. de Córdoba – Argentina (finalmente, en
el mismo Ministerio se catalogaron mis antecedentes científicos e
institucionales, como extraordinarios), expediente aprobado así por el Sr. Ministro Royer Illanes (perteneciente al mismo organismo)
y fue reenviado nuevamente (“por limitación de recursos en el presupuesto
anual”) al Sr. Gobernador.
IMPORTANTE:
• Años 2011 – 2014 - Mis trabajos de investigación
científica en física, se revisaron en la revista de publicación científica “Anales de la Asociación de Física Argentina”.Consultar al
Editor responsable de la misma: Dr. Ricardo Romero. Año 2014: Quité los trabajos
científicos de "Anales de la
Asociación de Física Argentina", debido a que los
resultados de los análisis no fueron concluyentes y repetidamente mal
realizados.
• Año 2011 - El Sr.,
Dr. Luis A. Piovan, quién es Subdirector responsable de la distinguida Revista
de Publicaciones científicas Revista de la UMA - Unión Matemática Argentina (Email: revuma@criba.edu.ar - Web: http://inmabb.criba.edu.ar/revuma/ - Dirección Postal: Instituto de Matemática,
Universidad Nacional del Sur - Av. Alem 1253 - B8000CPB Bahía Blanca -
Argentina) me hace saber tras mi consulta, que se acepta el ingreso de mis
investigaciones científicas en la Editorial para el correspondiente proceso de
revisión, y de ser aceptados los resultados por los referatos (evaluadores) designados
por el Comité Editorial, se dará curso posteriormente a la Publicación de las mismas.
• Año 2014, yo decidí retirar mis trabajos científicos de la Revista de la Unión Matemática
Argentina, para enviarlos a México. 31/03/2014 - 10/12/2014 - La Editorial Eureka (México) se declaró incompetente para
realizar una evaluación veraz y satisfactoria sobre la “Resolución
de la Conjetura de
Beal por MJP”.
• Año 2014 – Doy fin a la discrepancia existencial,
entre los fundamentos teológicos filosóficos y los fundamentos científicos,
respecto a la existencia del Todo por evolución o por creación.
Nota:
- Autorizo
la libre publicación gratuita de mis antecedentes antes
detallados, a los medios de difusión masivos.
- Debido a que poseo el Registro Nacional
de la Propiedad Intelectual de cada una de mis obras científicas,
y literaria, no autorizo que
sean difundidas en ningún medio de difusión, sin previos acuerdos
económicos.
NEGOCIACIÓN:
Antes de la realización del
documental, las autoridades de la
Facultad de Ciencias Exactas deberá acceder a presenciar dentro del
establecimiento, una exposición teórica, ante sus 5 mejores profesionales, en
Física, en Matemática, y Astronomía, incluyendo además, la participación de el/la Sr./Sra. Decano/a y de el/la Sr./Sra. Vicedecano/a,
siendo ello, con el propósito de corroborar la
veracidad del material científico a documentarse, para luego comenzar
con las tratativas de negaciones sobre dicho proyecto.
Los convenios de negociación
entre la Facultad
y mi persona, se harán bajo vía legal con la intervención de abogados de ambas
partes.
El Registro de la Propiedad Intelectual
del documental audiovisual, pertenecerá únicamente a mi persona.
El derecho de difusión como primicia
mundial tiene un costo base de 20 millones de Dólares para la empresa
audiovisual adjudicada. Las negociaciones con otras empresas audiovisuales
dependerán de acuerdos monetarios que quedarán sujetos a mi única
decisión.
Repartición ganancial del dinero obtenido (por única vez) de la
negociación del documental como primicia mundial (considerándose el
descuento proporcional del impuesto a la ganancia):
Todos los beneficios económicos serán exclusivos para los miembros que
participasen de la filmación del documental bajo regulación legal.
1 millón de Dólares corresponderá
fraccionado en partes iguales entre el/la Sr./Sra. Decano/a y de el/la Sr./Sra. Vicedecano/a.
3 millones de
dólares corresponderán fraccionados en partes iguales para los 5 mejores
profesionales, en Física, Matemática y Astronomía. Es decir que les corresponde
1 millón de Dólares para cada uno de estos 3 grupos de 5 personas…
2 millones de Dólares
corresponderán a la
Facultad.
Entre los profesionales antes
mencionados que participasen del documental audiovisual, deberán recaudar como
condición obligatoria y en forma de pago en Dólares $ 3.500,00 mensuales
(“inversión”), para cubrir mis gastos personales (con el propósito de poder
dedicar tiempo completo a la grabación del mismo), hasta que finalice el
proceso de grabación.
Los porcentajes gananciales de
negociaciones con otras empresas audiovisuales corresponden en total 1% repartido
en partes iguales para el/la
Sr./Sra. Decano/a y de el/la Sr./Sra. Vicedecano/a, un
3% corresponderán fraccionado en partes iguales a los 5 mejores profesionales,
en Física, Matemática, y Astronomía, y un 2% corresponderá a la Facultad.
La participación de terceros
(científicos que pudiesen ser de la misma entidad u otras) por contribución
gratuita, no obtendrá beneficios económicos (constando bajo vía legal).
La grabación del documental debe realizarse:
a)
En un tiempo máximo de 6 meses de grabación y edición.
b)
La duración del documental debe ser aproximadamente de
45 minutos (como tiempo mínimo).
c)
Las imágenes serán en colores.
d)
La calidad de video debe ser en Full HD.
e)
Las imágenes animadas deben ser en colores y deberán
ser realizadas por la
Facultad.
f) Participarán como actores contribuyentes, los 5 mejores
profesionales, en Física, Matemática, y Astronomía que hayan sido seleccionados
por el/la Sr./Sra.
Decano/a y de el/la Sr./Sra.
Vicedecano/a.
g)
Los subtítulos en idioma Inglés deben realizarse por la Facultad.
La venta del documental
audiovisual en formato CD será bajo mi único acuerdo comercial y sin beneficios
económicos para la
Facultad. Las empresas auspiciantes, sólo podrán figurar en
los CD de venta pública (con limitación temporal anual) según acuerdos
establecidos por vía legal y cuyo monto de dinero será pautado para cada país,
sobre lo cual, los porcentajes gananciales por cada negociación publicitaria corresponden
en total 1% repartidos en partes iguales entre el/la Sr./Sra. Decano/a y de el/la Sr./Sra. Vicedecano/a, un
3% corresponderán fraccionado en partes iguales a los 5 mejores profesionales,
en Física, Matemática, y Astronomía, y un 2% corresponderá a la Facultad. En acuerdos
de negociaciones con medios impresos, en las que el CD del mismo documental
audiovisual sea adjuntado a dichos volúmenes, los beneficios gananciales para
los profesionales e institución, corresponden en igual porcentaje a los antes
mencionados.
Las autoridades de la Facultad, quedarán
autorizadas para difundir a través de los medios de comunicación (medios
audiovisuales, impresos y sus sitios Web) sobre la realización del documental,
pero se prohíbe exponer públicamente el contenido del mismo, es decir, que
solamente se podrán mencionar títulos de la obra.
Sobre otras negociaciones no
vinculadas al documental audiovisual, la Facultad no obtendrá beneficios económicos (como
por ejemplo, versiones impresas, audio-libros, etc…).
La traducción a diferentes
idiomas, quedará bajo mi única dedición según los acuerdos de negociación.
Los premios institucionales o
monetarios que surgieren por el documental (no por el trabajo científico),
serán compartidos con los miembros que participasen en el documental y mi
persona.
Los premios institucionales o
monetarios que surgieren por mi trabajo científico, pertenecerán exclusivamente
a mi persona.
Los miembros de la Facultad, estarán
autorizados a realizar exposiciones científicas sobre el mismo trabajo
científico en diferentes Universidades del mundo, pero se prohíbe la difusión
por grabación de lo expuesto por ellos de manera audiovisual.
Los beneficios económicos por
porcentajes gananciales correspondiente a los miembros que participasen del
documental no podrán ser adquiridos como bien hereditario por familiares
ni por sucesores de cargos jerárquicos, ante el deceso de los mismos.
¡¿De qué se beneficia la Facultad de Ciencias
Exactas y la Universidad
de la cual dependa, además del dinero obtenido?!
En síntesis: obtendrá renombre
mundial (obviamente, sin hacer desmérito del nivel y prestigio de sus
profesionales), pues mi teoría cambia la forma en que
se ha concebido nuestro Universo físico “hasta la actualidad”.